Antofagasta es sancionado con millonaria multa por destrozos provocados por hinchas de Colo Colo el pasado Torneo
Las imágenes fueron lamentables. El pasado 05 de diciembre del año pasado, hinchas de Colo Colo destruyeron parte del estadio Calvo y Bascuñán. Más de seis meses después, hay una … Leer más
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Las imágenes fueron lamentables. El pasado 05 de diciembre del año pasado, hinchas de Colo Colo destruyeron parte del estadio Calvo y Bascuñán. Más de seis meses después, hay una fuerte sanción para el local.
Antofagasta fue severamente castigado por la Delegación Presidencial Regional de la región, luego de una denuncia hecha por Estadio Seguro.
La resolución entregada este miércoles, a la que estuvo acceso Emol, establece una multa de 5 mil UTM, o sea, más de 287 millones de pesos. ¿Y por qué se sancionó al cuadro puma? Pese a que los destrozos fueron ocasionados por fanáticos del Cacique, Estadio Seguro denunció al elenco nortino en su condición de anfitrión del partido que correspondía al Torneo Nacional 2021.
«Se sanciona a Club Deportes Antofagasta SADP como organizador del partido disputado por la fecha 24 del Campeonato Nacional», establece la resolución. En total son cinco multas, cada una de 1000 UTM. El conjunto puma podrá apelar.
Tiene cinco días desde la notificación. Aquel día el partido tuvo varios incidentes, incluso, una vez terminado el encuentro hinchas invadieron el campo y jugadores terminaron hasta sin su indumentaria. En la cancha, Antofagasta triunfó 1-0.
Fuente: Emol.com
Declaración Pública sobre sanción a Club de Deportes Antofagasta.
Antofagasta 22 de junio 2022.
1.- Mediante Resolución Exenta N°4440 de fecha 3 de diciembre de 2021 se autorizó el partido de fútbol profesional entre los equipos Deportes Antofagasta y Colo Colo, disputado el día 4 de diciembre de 2021 a las 18:00 horas en el Estadio Regional Calvo y Bascuñán, válido por la fecha 34° del Campeonato Nacional Planvital 2021. Partido que como es de conocimiento público, albergó hechos de violencia y destrucción de las instalaciones del recinto.
2.- En razón de los hechos, mediante Oficio N° 27873 de fecha 7 de diciembre de 2021, esta Delegación recibió una denuncia por parte de Departamento de Estadio Seguro del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por infracciones a la normativa y la resolución que autorizó en partido.
3.- Las infracciones denunciadas fueron las siguientes:
a) El organizador no dispuso de un sistema de control de acceso e identidad que cumpliera con garantizar un tránsito expedito y fluido del público conforme los tiempos de llegada previsible de los asistentes, ni de medidas de control de público asistente en los accesos del recinto deportivo, mediante estructuras de canalización de los asistentes en cada uno de los accesos, ni de personal de validación suficiente en éstos.
Producto de lo anterior, se generaron aglomeraciones y extensas filas en todos los accesos del estadio desde antes de la apertura de puertas y hasta iniciado el partido de fútbol profesional. Adicionalmente se generó al menos un reventón de puertas de acceso en Ingreso Galería Sur del estadio, no existiendo reacción del personal de seguridad privada dispuesto por el organizador, debiendo ser contenidos por personal de Carabineros de Chile dispuesto en el sector.
Se detectó además el acceso de múltiple asistentes en todos los sectores del recinto deportivo que no eran controlados por el personal de validación ni personal de seguridad privada dispuestos por el organizador.
b) El organizador no dispuso de guardias de seguridad en cantidad suficiente y exigida por la Autoridad Administrativa al momento de autorizar la realización del espectáculo de fútbol profesional, a efectos de realizar todas las labores de operación y seguridad exigidas para el correcto desarrollo del evento deportivo, lo que genera la necesidad de que las funciones no efectuadas por el personal de seguridad privada deban ser suplidas por personal policial de Carabineros de Chile.
c) El personal de seguridad privada dispuesto por el organizador no cumplió con las funciones correspondientes para prevenir, evitar o mitigar el incumplimiento de las condiciones de ingreso y permanencia de los hinchas durante el desarrollo del evento deportivo.
Se evidenciaron fallas en la gestión operativa de los guardias de seguridad en su función correspondiente al resguardo del terreno de juego ante las invasiones a cancha realizadas por asistentes, apostados en sectores Galería Sur, Tribuna Andes y Tribuna Pacífico del recinto deportivo. Lo anterior, permitió que los asistentes en los sectores indicados estuvieran apostados en la zona contigua al terreno de juego durante todo el cotejo deportivo, invadiendo el mismo en distintas oportunidades del partido, sin que existiera reacción por parte de personal de seguridad privada. incluso, aquellos hinchas que invadieron el terreno de juego amenazaron y le robaron la indumentaria deportiva a los jugadores del club de visita, debiendo éstos ser reguardados por personal policial para no poner más en riesgo su integridad física y ser evacuados del sector.
Por otro lado se observa la falta de reacción del personal de seguridad privada dispuesto por el organizador en la generación de riñas y desórdenes protagonizados por los asistentes de los sectores Tribuna Andes y Galería Norte durante todo el desarrollo del encuentro deportivo, quienes lanzaban elementos contundentes entre sectores y rompieron mobiliario del estadio para dichos efectos.
En el mismo sentido, se detectó la destrucción de estructuras interiores del recinto deportivo por parte de público asistente, sin que exista reacción alguna del personal de seguridad privada dispuesto por el organizador del evento. De esta manera, durante todo el desarrollo del cotejo deportivo, hinchas ubicados en sectores Galería Sur y Tribuna Andes del recinto deportivo, hinchas ubicados en sector Galería Sur destruyen el foso falso dispuesto en dicho sector, utilizando parte de las vallas como estoques y armas blancas, sin que exista reacción alguna de parte del personal de seguridad privada del organizador.
d) Se detectó de manera evidente la existencia de sobreaforo en los sectores Galería Sur y Tribuna Pacífico del estadio, superándose con creces el aforo autorizado por la Autoridad Administrativa. Conforme los reportes en terreno de personal de Carabineros de Chile, se estima al menos la presencia de 13.000 personas. Al respecto, el organizador no informa el aforo controlado en el recinto deportivo, negándose a comunicar la cantidad de público asistente ante los requerimientos de la Autoridad Administrativa presente y de Carabineros de Chile.
e) El jefe de seguridad del organizador no se encuentra presente en la Caseta de Seguridad del estadio, sin mantener comunicación con Carabineros para la gestión operativa de los requerimientos de seguridad que surgen durante el desarrollo del cotejo deportivo.
4.- Ante estos hechos, se dio inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio incoado por esta delegación que luego de su etapa de discusión y prueba, mediante la Resolución Exenta (de este origen) N° 565/2021 resolvió aplicar 5 multas cada una de 1.000 UTM conforme establece la Ley 19.327 y su reglamento.
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Madre de tres hijos y aún con su dolor trabajando, Alejandra Araya padece de síndrome de Gardner. Su condición le ha obligado a comenzar un emprendimiento de prendas de vestir.
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