El caso del proyecto minero Dominga vivió un nuevo giro cuando el Comité de Ministros del gobierno solicitó, en una jugada de última hora, un plazo prudencial para dar cumplimiento a la sentencia emitida el 9 de diciembre por el Primer Tribunal Ambiental (1TA). Esta sentencia había ordenado al Comité de Ministros integrar un grupo de ministros imparciales para resolver las reclamaciones contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 161/2021, en un plazo de 15 días. Sin embargo, la solicitud del gobierno fue rápidamente rechazada por el tribunal especializado, que resolvió de forma categórica con un “no ha lugar”. El 1TA ratificó que la citación programada para este miércoles sigue en pie, sin ningún tipo de aplazamiento. Esta decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Sandra Álvarez, Alamiro Alfaro y Cristián López. En su resolución, el tribunal recordó que el plazo otorgado al Comité para emitir una resolución venció el 31 de diciembre de 2024, sin que se hubiera cumplido con esa obligación. Según los antecedentes del caso, el Comité de Ministros no cumplió con el fallo que ordenaba la integración de un grupo de ministros imparciales, lo cual es un requisito fundamental para dar respuesta a las reclamaciones administrativas presentadas en relación al proyecto Dominga. El tribunal aclaró que la solicitud presentada por el gobierno para consultar a la Contraloría sobre la integración del Comité no justificaba el incumplimiento del plazo establecido en la sentencia de diciembre, ya que la convocatoria y sesión del Comité debían ajustarse a la orden judicial. Además, el 1TA hizo hincapié en que cualquier duda respecto al alcance de la sentencia debería haberse resuelto mediante una solicitud formal de aclaración, rectificación o enmienda, procedimiento que no fue realizado por el Comité. De esta manera, el tribunal reafirmó que el Comité de Ministros debe cumplir con lo ordenado en la sentencia de diciembre, respetando los términos precisos establecidos.
El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron SpA contra la resolución del Comité de Ministros que, en junio de 2023, había calificado desfavorablemente el proyecto minero Dominga, ubicado en la comuna de La Higuera, región de Coquimbo. El proyecto, que busca desarrollar dos minas para la extracción de concentrados de hierro y cobre, así como construir un megapuerto para exportar la producción, había recibido previamente una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable en 2021, bajo ciertas condiciones ambientales. El tribunal señaló que el Comité de Ministros había emitido su resolución ignorando los términos de una sentencia anterior que había validado el proyecto, y que su actuación no se ajustó a lo establecido en dicha sentencia. Además, identificó irregularidades como la falta de imparcialidad de algunos ministros, quienes no se abstuvieron a pesar de haber expresado opiniones previas sobre el proyecto. También cuestionó la emisión de decisiones contradictorias y fuera del plazo legal establecido en la Ley N° 19.300, lo que afectó a Andes Iron. Como resultado, el tribunal otorgó un plazo de 15 días para que el Comité de Ministros vuelva a sesionar, esta vez con representantes que no tengan compromisos previos que afecten su imparcialidad, y para que la nueva resolución cumpla con las normas establecidas en el procedimiento de evaluación ambiental.
El caso del proyecto minero Dominga vivió un nuevo giro cuando el Comité de Ministros del gobierno solicitó, en una jugada de última hora, un plazo prudencial para dar cumplimiento a la sentencia emitida el 9 de diciembre por el Primer Tribunal Ambiental (1TA). Esta sentencia había ordenado al Comité de Ministros integrar un grupo de ministros imparciales para resolver las reclamaciones contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 161/2021, en un plazo de 15 días. Sin embargo, la solicitud del gobierno fue rápidamente rechazada por el tribunal especializado, que resolvió de forma categórica con un “no ha lugar”. El 1TA ratificó que la citación programada para este miércoles sigue en pie, sin ningún tipo de aplazamiento. Esta decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Sandra Álvarez, Alamiro Alfaro y Cristián López. En su resolución, el tribunal recordó que el plazo otorgado al Comité para emitir una resolución venció el 31 de diciembre de 2024, sin que se hubiera cumplido con esa obligación. Según los antecedentes del caso, el Comité de Ministros no cumplió con el fallo que ordenaba la integración de un grupo de ministros imparciales, lo cual es un requisito fundamental para dar respuesta a las reclamaciones administrativas presentadas en relación al proyecto Dominga. El tribunal aclaró que la solicitud presentada por el gobierno para consultar a la Contraloría sobre la integración del Comité no justificaba el incumplimiento del plazo establecido en la sentencia de diciembre, ya que la convocatoria y sesión del Comité debían ajustarse a la orden judicial. Además, el 1TA hizo hincapié en que cualquier duda respecto al alcance de la sentencia debería haberse resuelto mediante una solicitud formal de aclaración, rectificación o enmienda, procedimiento que no fue realizado por el Comité. De esta manera, el tribunal reafirmó que el Comité de Ministros debe cumplir con lo ordenado en la sentencia de diciembre, respetando los términos precisos establecidos.
El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron SpA contra la resolución del Comité de Ministros que, en junio de 2023, había calificado desfavorablemente el proyecto minero Dominga, ubicado en la comuna de La Higuera, región de Coquimbo. El proyecto, que busca desarrollar dos minas para la extracción de concentrados de hierro y cobre, así como construir un megapuerto para exportar la producción, había recibido previamente una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable en 2021, bajo ciertas condiciones ambientales. El tribunal señaló que el Comité de Ministros había emitido su resolución ignorando los términos de una sentencia anterior que había validado el proyecto, y que su actuación no se ajustó a lo establecido en dicha sentencia. Además, identificó irregularidades como la falta de imparcialidad de algunos ministros, quienes no se abstuvieron a pesar de haber expresado opiniones previas sobre el proyecto. También cuestionó la emisión de decisiones contradictorias y fuera del plazo legal establecido en la Ley N° 19.300, lo que afectó a Andes Iron. Como resultado, el tribunal otorgó un plazo de 15 días para que el Comité de Ministros vuelva a sesionar, esta vez con representantes que no tengan compromisos previos que afecten su imparcialidad, y para que la nueva resolución cumpla con las normas establecidas en el procedimiento de evaluación ambiental.