El alcalde de María Elena, Omar Norambuena (IND-UDI), enfrentará una suspensión de tres meses de su cargo luego de que el Tribunal Calificador de Elecciones ratificara la sentencia del Tribunal Electoral Regional. La decisión surge tras una apelación realizada por el edil ante el fallo inicial. El documento del Tricel señala que se confirma la resolución apelada de veintidós de febrero de dos mil veinticuatro, con declaración que se suspende en el ejercicio de su cargo al alcalde de la comuna de María Elena, don Omar Francisco Norambuena Rivera, por el término de 30 días con el goce del 50% de su remuneración”, según informa Soy Antofagasta. La causa que desencadenó esta decisión fue presentada por cuatro concejales de la comuna salitrera, quienes acusaron al alcalde de notable abandono de deberes y faltas graves a la probidad administrativa. Durante la investigación, el organismo fiscalizador detectó diversas irregularidades, entre las que se incluyen la no resolución de cargos públicos, pagos de bonos sin justificación, abonos de horas extras sin respaldo y contrataciones irregulares, entre otros hallazgos.
La defensa del alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, presentó una extensa respuesta de 49 páginas ante el requerimiento de cese de funciones por notable abandono de deberes y contravención grave al principio de probidad administrativa, realizado por seis concejales de la comuna. Este requerimiento, que fue detallado en una nota de Timeline, fue presentado el pasado 26 de marzo ante el Tribunal Electoral Regional (TER) por los concejales Norma Leiva, Karina Guzmán, Luis Aguilera, Waldo Valderrama e Ignacio Pozo, quienes detallaron 15 fundamentos con supuestas irregularidades o ilegalidades cometidas durante la administración de Velásquez. En cuanto a las supuestas irregularidades en la gestión del exvertedero La Chimba, los abogados argumentan que la concesión para el plan de remediación y recuperación es suficiente para rebatir cualquier imputación de inactividad por parte del municipio. En relación a los tratos directos para los servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios y barrido de calles, la defensa expone una cronología de los hechos y argumenta que se realizaron acciones para evitar una emergencia sanitaria, como que se hicieron ofertas en el proceso de licitación que fueron declaradas inadmisibles. Respecto a las supuestas ilegalidades en las contrataciones vía trato directo, los abogados descartan que se haya causado perjuicio al patrimonio municipal y aseguran que todos los contratos están suficientemente fundamentados, considerando en ejemplo el reducido mercado de vigilancia y limpieza. Sobre el uso de abogados del municipio para litigios personales, la defensa niega que se haya utilizado personal municipal para defender litigios personales de Velásquez, puesto que estarían tramitadas bajo calidad edilicia. La defensa negó que el alcalde modificase unilateralmente el párrafo aprobado por el Concejo Municipal, en relación al contrato de concesión del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, declarando que no se leyó el documento de manera completa. Ante presunta negligencia en manejo de inmuebles como el Balneario o Trocadero, se argumentó que el jefe edil lleva más de 19 operativos de recuperación de espacios públicos por lo que no existiría abandono. En otro contexto y refiriéndose a la mala administración del Estadio Regional Calvo y Bascuñán, la defensa señala que la situación se arrastra desde 2016 (antes de la entrada de la administración del actual alcalde) y que se mantiene una deuda impaga por parte de los usuarios del recinto, por lo que la casa edil ha estado buscando soluciones al respecto. En la línea respecto de la presunta delegación de funciones a quienes no correspondería, se argumenta que se estaría dejando los principios que envuelven el derecho administrativo. Expresan, (...) el acto administrativo que permite ocupar cierto espacio de un bien de uso público, cumple con todos los requisitos y se ajusta a la norma. El otro tema, relativo a la delegación de funciones en virtud de las conversaciones que se mantuvieron en un grupo de confianza, no amerita mayor análisis, por tratarse de comunicaciones de carácter privado, presentadas sin el consentimiento de ninguno de los miembros de dicho grupo”. Sobre la supuesta ilegalidad al no complementar la dotación de funcionarios en la planta municipal, la defensa argumenta que la dotación de funcionarios es una materia de gestión administrativa interna del Municipio. Así, el supuesto abandono de deberes por procesos disciplinarios y la supuesta omisión legal por falta de respuesta a solicitudes de información pública, fue comentado con que las acusaciones no tienen suficiente envergadura para configurar una causal que permita la aplicación de medidas disciplinarias. Fuente: Timeline
Tras el vídeo compartido en redes sociales en que se enfrentó al alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, por pasearse en el Mall Parque Arauco, se reveló que el viaje fue financiado con recursos de la Municipalidad de Antofagasta para funciones oficiales. Según lo reportado por El Diario de Antofagasta, el decreto número 616-24R de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta detalla las funciones y actividades programadas para el alcalde en Santiago y confirma que los costos de pasajes, transporte y estadía son cubiertos con recursos públicos. Según el decreto, el 2 de abril el alcalde Jonathan Velásquez tenía previsto participar a las 15:30 horas en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados. Sin embargo, llegó tarde y realizó una breve exposición, delegando la palabra a la encargada de convivencia escolar de la Corporación Municipal. Para el 3 de abril a las 15:30 horas, el alcalde estaba citado a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados, en su calidad de director de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Sin embargo, según registros de la Cámara, Velásquez no se presentó. En su lugar, solo expusieron la Directora Regional de Antofagasta de la Superintendencia de Educación, Lidia Julio Torres, y el Encargado de Protección de Derechos de esa entidad, Pedro Pinochet Rojas. El alcalde de Antofagasta se excusó de participar. Durante la ausencia del alcalde, el concejal Leiva participó en la última sesión del concejo municipal, dado que Velásquez no estuvo presente para desempeñar sus funciones debido a su viaje. Es importante destacar que durante este periodo, la administradora municipal no cuenta con un reemplazo designado. En una instancia relacionada, a través de un video en sus redes sociales se refirió a la situación educacional por la que atraviesa Antofagasta, pidiendo “por favor” el fin del paro docente. De esta manera, anunció que la Corporación Municipal de Desarrollo Social cambiará su mutualidad, tras la petición que solicitaron los profesores y profesionales de la educación tras el lamentable fallecimiento de la profesora Katherine Yoma. Esto, en ojos de Ivette Gareca, no es suficiente para deponer el paro, puesto que es una cuestión de larga data. Fuente: Diario de Antofagasta
El Juzgado de Garantía de la ciudad declaró admisible la querella presentada por la familia Yoma-Valdivia contra el alcalde Jonathan Velázquez. El tribunal detalla que la querella ha cumplido con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal, lo que ha llevado a su aceptación y remisión a la Fiscalía Local del Ministerio Público para los fines legales pertinentes. Se ha designado a Andrea Denisse Morata Gallardo como Defensora Penal del alcalde Jonathan Rodrigo Velázquez Ramírez, aunque se mantiene su derecho de designar un abogado de su confianza. La querella surge como consecuencia de las declaraciones realizadas por la autoridad municipal a través de sus redes sociales el pasado 22 de marzo, las cuales la familia considera una afrenta a la memoria de la fallecida profesora Katherine Yoma. La situación se ha intensificado con la declaración de admisibilidad por parte del Poder Judicial.
El Tribunal Electoral Regional de Antofagasta admitió a trámite un requerimiento presentado por concejales de la comuna en contra del alcalde Jonathan Velásquez, por notable abandono de deberes y graves infracciones al principio de probidad administrativa. La resolución, fechada este 1 de abril, ordena la notificación del requerimiento a través de una publicación en el diario “El Mercurio” de Antofagasta y de forma personal al alcalde Velásquez, marcando el inicio formal del proceso que podría desembocar en su destitución. Los concejales firmantes del requerimiento argumentan que las acciones y omisiones del alcalde Velásquez en el último tiempo constituyen un notable abandono de sus responsabilidades como máxima autoridad comunal y contravienen los principios de probidad administrativa. Recordamos que, en su momento, el documento contuvo la situación de presuntas ilegalidades en la gestión relacionada con el exvertedero La Chimba, como la falta de presentación de un plan de cierre y remediación aprobado por la Seremi de Salud, así como una sentencia que determinó la falta de gestiones de cierre y remediación por parte del municipio. Además, los contratos celebrados vía trato directo sobre concesión de servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios y barrido de calles, con falta de fundamentación, tramitación y ejecución, así como falta de fiscalización y cobro de multas millonarias. El TER ha establecido un plazo de diez días hábiles para que la parte demandante acredite la publicación del aviso en extracto y la notificación personal al requerido.
El alcalde de María Elena, Omar Norambuena (IND-UDI), enfrentará una suspensión de tres meses de su cargo luego de que el Tribunal Calificador de Elecciones ratificara la sentencia del Tribunal Electoral Regional. La decisión surge tras una apelación realizada por el edil ante el fallo inicial. El documento del Tricel señala que se confirma la resolución apelada de veintidós de febrero de dos mil veinticuatro, con declaración que se suspende en el ejercicio de su cargo al alcalde de la comuna de María Elena, don Omar Francisco Norambuena Rivera, por el término de 30 días con el goce del 50% de su remuneración”, según informa Soy Antofagasta. La causa que desencadenó esta decisión fue presentada por cuatro concejales de la comuna salitrera, quienes acusaron al alcalde de notable abandono de deberes y faltas graves a la probidad administrativa. Durante la investigación, el organismo fiscalizador detectó diversas irregularidades, entre las que se incluyen la no resolución de cargos públicos, pagos de bonos sin justificación, abonos de horas extras sin respaldo y contrataciones irregulares, entre otros hallazgos.
La defensa del alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, presentó una extensa respuesta de 49 páginas ante el requerimiento de cese de funciones por notable abandono de deberes y contravención grave al principio de probidad administrativa, realizado por seis concejales de la comuna. Este requerimiento, que fue detallado en una nota de Timeline, fue presentado el pasado 26 de marzo ante el Tribunal Electoral Regional (TER) por los concejales Norma Leiva, Karina Guzmán, Luis Aguilera, Waldo Valderrama e Ignacio Pozo, quienes detallaron 15 fundamentos con supuestas irregularidades o ilegalidades cometidas durante la administración de Velásquez. En cuanto a las supuestas irregularidades en la gestión del exvertedero La Chimba, los abogados argumentan que la concesión para el plan de remediación y recuperación es suficiente para rebatir cualquier imputación de inactividad por parte del municipio. En relación a los tratos directos para los servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios y barrido de calles, la defensa expone una cronología de los hechos y argumenta que se realizaron acciones para evitar una emergencia sanitaria, como que se hicieron ofertas en el proceso de licitación que fueron declaradas inadmisibles. Respecto a las supuestas ilegalidades en las contrataciones vía trato directo, los abogados descartan que se haya causado perjuicio al patrimonio municipal y aseguran que todos los contratos están suficientemente fundamentados, considerando en ejemplo el reducido mercado de vigilancia y limpieza. Sobre el uso de abogados del municipio para litigios personales, la defensa niega que se haya utilizado personal municipal para defender litigios personales de Velásquez, puesto que estarían tramitadas bajo calidad edilicia. La defensa negó que el alcalde modificase unilateralmente el párrafo aprobado por el Concejo Municipal, en relación al contrato de concesión del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, declarando que no se leyó el documento de manera completa. Ante presunta negligencia en manejo de inmuebles como el Balneario o Trocadero, se argumentó que el jefe edil lleva más de 19 operativos de recuperación de espacios públicos por lo que no existiría abandono. En otro contexto y refiriéndose a la mala administración del Estadio Regional Calvo y Bascuñán, la defensa señala que la situación se arrastra desde 2016 (antes de la entrada de la administración del actual alcalde) y que se mantiene una deuda impaga por parte de los usuarios del recinto, por lo que la casa edil ha estado buscando soluciones al respecto. En la línea respecto de la presunta delegación de funciones a quienes no correspondería, se argumenta que se estaría dejando los principios que envuelven el derecho administrativo. Expresan, (...) el acto administrativo que permite ocupar cierto espacio de un bien de uso público, cumple con todos los requisitos y se ajusta a la norma. El otro tema, relativo a la delegación de funciones en virtud de las conversaciones que se mantuvieron en un grupo de confianza, no amerita mayor análisis, por tratarse de comunicaciones de carácter privado, presentadas sin el consentimiento de ninguno de los miembros de dicho grupo”. Sobre la supuesta ilegalidad al no complementar la dotación de funcionarios en la planta municipal, la defensa argumenta que la dotación de funcionarios es una materia de gestión administrativa interna del Municipio. Así, el supuesto abandono de deberes por procesos disciplinarios y la supuesta omisión legal por falta de respuesta a solicitudes de información pública, fue comentado con que las acusaciones no tienen suficiente envergadura para configurar una causal que permita la aplicación de medidas disciplinarias. Fuente: Timeline
Tras el vídeo compartido en redes sociales en que se enfrentó al alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, por pasearse en el Mall Parque Arauco, se reveló que el viaje fue financiado con recursos de la Municipalidad de Antofagasta para funciones oficiales. Según lo reportado por El Diario de Antofagasta, el decreto número 616-24R de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta detalla las funciones y actividades programadas para el alcalde en Santiago y confirma que los costos de pasajes, transporte y estadía son cubiertos con recursos públicos. Según el decreto, el 2 de abril el alcalde Jonathan Velásquez tenía previsto participar a las 15:30 horas en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados. Sin embargo, llegó tarde y realizó una breve exposición, delegando la palabra a la encargada de convivencia escolar de la Corporación Municipal. Para el 3 de abril a las 15:30 horas, el alcalde estaba citado a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados, en su calidad de director de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Sin embargo, según registros de la Cámara, Velásquez no se presentó. En su lugar, solo expusieron la Directora Regional de Antofagasta de la Superintendencia de Educación, Lidia Julio Torres, y el Encargado de Protección de Derechos de esa entidad, Pedro Pinochet Rojas. El alcalde de Antofagasta se excusó de participar. Durante la ausencia del alcalde, el concejal Leiva participó en la última sesión del concejo municipal, dado que Velásquez no estuvo presente para desempeñar sus funciones debido a su viaje. Es importante destacar que durante este periodo, la administradora municipal no cuenta con un reemplazo designado. En una instancia relacionada, a través de un video en sus redes sociales se refirió a la situación educacional por la que atraviesa Antofagasta, pidiendo “por favor” el fin del paro docente. De esta manera, anunció que la Corporación Municipal de Desarrollo Social cambiará su mutualidad, tras la petición que solicitaron los profesores y profesionales de la educación tras el lamentable fallecimiento de la profesora Katherine Yoma. Esto, en ojos de Ivette Gareca, no es suficiente para deponer el paro, puesto que es una cuestión de larga data. Fuente: Diario de Antofagasta
El Juzgado de Garantía de la ciudad declaró admisible la querella presentada por la familia Yoma-Valdivia contra el alcalde Jonathan Velázquez. El tribunal detalla que la querella ha cumplido con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal, lo que ha llevado a su aceptación y remisión a la Fiscalía Local del Ministerio Público para los fines legales pertinentes. Se ha designado a Andrea Denisse Morata Gallardo como Defensora Penal del alcalde Jonathan Rodrigo Velázquez Ramírez, aunque se mantiene su derecho de designar un abogado de su confianza. La querella surge como consecuencia de las declaraciones realizadas por la autoridad municipal a través de sus redes sociales el pasado 22 de marzo, las cuales la familia considera una afrenta a la memoria de la fallecida profesora Katherine Yoma. La situación se ha intensificado con la declaración de admisibilidad por parte del Poder Judicial.
El Tribunal Electoral Regional de Antofagasta admitió a trámite un requerimiento presentado por concejales de la comuna en contra del alcalde Jonathan Velásquez, por notable abandono de deberes y graves infracciones al principio de probidad administrativa. La resolución, fechada este 1 de abril, ordena la notificación del requerimiento a través de una publicación en el diario “El Mercurio” de Antofagasta y de forma personal al alcalde Velásquez, marcando el inicio formal del proceso que podría desembocar en su destitución. Los concejales firmantes del requerimiento argumentan que las acciones y omisiones del alcalde Velásquez en el último tiempo constituyen un notable abandono de sus responsabilidades como máxima autoridad comunal y contravienen los principios de probidad administrativa. Recordamos que, en su momento, el documento contuvo la situación de presuntas ilegalidades en la gestión relacionada con el exvertedero La Chimba, como la falta de presentación de un plan de cierre y remediación aprobado por la Seremi de Salud, así como una sentencia que determinó la falta de gestiones de cierre y remediación por parte del municipio. Además, los contratos celebrados vía trato directo sobre concesión de servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios y barrido de calles, con falta de fundamentación, tramitación y ejecución, así como falta de fiscalización y cobro de multas millonarias. El TER ha establecido un plazo de diez días hábiles para que la parte demandante acredite la publicación del aviso en extracto y la notificación personal al requerido.